Qué dicen las leyes brasileras sobre el uso de vidrios polarizados en autos

Con la pronta llegada de la temporada de verano, muchas personas estarán pensando a dónde viajar para pasar las vacaciones. Uno de los destinos preferidos por los argentinos suele ser nuestro país vecino Brasil. Pero, en caso de decidirse a visitar las playas brasileras este verano, es necesario saber unas cuantas cuestiones, como los requisitos que exigen las autoridades argentinas para salir del territorio, lo que piden los brasileros, etc.

En esta ocasión, trataremos lo que específicamente dicen las leyes de tránsito brasileras sobre el uso de vidrios polarizados en autos.

Qué dicen las leyes brasileras sobre el uso de vidrios polarizados en autos

De acuerdo al artículo 3º de la Resolución 254/2007 del CONTRAN brasileño:

La transmisión luminosa (transparencia) no podrá ser inferior al 75% para los vidrios de los parabrisas y el 70% para los parabrisas y demás vidrios indispensables para la conducción del vehículo.

1. Quedan excluidos de los límites fijados los vidrios que no interfieren en las áreas acristaladas indispensables para la conducción del vehículo. Para estos cristales, la transparencia no podrá ser inferior al 28%.

2. Se considerarán zonas acristaladas indispensables para la conducción del vehículo:

A) el área del parabrisas, excluyendo la banda periférica de serigrafía destinada a dar acabado al vidrio y al área ocupada por la banda degrade, en caso existente, conforme establece la NBR 9491;

B) las áreas acristaladas situadas en los laterales delanteros del vehículo, respetando el campo de visión del conductor